sábado, mayo 20, 2023

Alexandre Coello de la Rosa: El arzobispo de Lima, Toribio Alfonso de Mogrovejo, y su némesis, el virrey don García Hurtado de Mendoza

 

Les comparto el apartado dedicado a santo Toribio, siguiendo la biografía de León Pinelo, en el interesante artículo de Alexandre Coello de la Rosa Y aun parece que la aversión pasó más allá de la muerte: el arzobispo de Lima, Toribio Alfonso de Mogrovejo, y su némesis, el virrey don García Hurtado de Mendoza (siglos XVI-XVII)1

Rev. Complut. Hist. Am. 49 2023: 145-165


EL AUTOR: 1968 Barcelona (Barcelona, Països catalans) doctor en historia por la Universidad de Suny at Stony Brook y actualmente trabaja como profesor agregado en la Universitat Pompeu Fabra. Es coeditor de la revista Illes i Imperis. Entre sus últimos trabajos destacan Jesuits at the Margins: Missions and Missionaries in the Marianas (1668-1769) (Londres y Nueva York, Routledge, 2016); (con Josep Lluis Mateo Dieste), Elogio de la antropología histórica: enfoques, métodos y aplicaciones al estudio del poder y el colonialismo (Zaragoza, Publicaciones de la Universidad de Zaragoza y UOC, 2016).

Recibido: 22 de febrero de 2021 / Aceptado: 9 de junio de 2021

 Resumen. Este trabajo analiza dos textos panegíricos, los Hechos de don García Hurtado de Mendoza (1613, 2ª ed. 1616), de Cristóbal Suárez de Figueroa, sobre el IV marqués de Cañete, y la Vida del Ilustrísimo y Reverendísimo don Toribio Alfonso de Mogrovejo y Robles (1653), de Antonio de León Pinelo, sobre el segundo arzobispo de Lima. El artículo explora las tensiones y conflictos entre ambas personalidades a través de las voces de sus hagiógrafos y panegiristas, los cuales defendieron sus posicionamientos políticos incluso más allá de la muerte de sus protagonistas. Asimismo se reivindica los panegíricos y hagiografías como fuentes históricas en general, y en particular, la importancia del encomio en la construcción de la imagen pública de los virreyes y arzobispos del Perú.

Palabras clave: Panegíricos; García Hurtado de Mendoza; Toribio Alfonso de Mogrovejo; Antonio de León Pinelo; Cristóbal Suárez de Figueroa; Perú; siglos XVI-XVII.

 

[en] Y aun parece que la aversión pasó más allá de la muerte: The Archbishop of Lima, Toribio Alfonso de Mogrovejo, and his Nemesis, Viceroy don García Hurtado de Mendoza (16th and 17th Centuries)

 

Sumario: 1. Introducción. 2. García Hurtado de Mendoza, leal vasallo. 3. Toribio Alfonso de Mogrovejo, la némesis del virrey. 4. Reflexiones finales. 5. Referencias bibliográficas.


1     León Pinero, 1963: 96.

2     Universitat Pompeu Fabra (España) / CSIC – ICREA Academia E-mail: alex.coello@upf.edu

Código ORCID: 0000-0001-5079-6180

 

Rev. Complut. Hist. Am. 49 2023: 145-165                                                                                                    145

Cómo citar: Coello de la Rosa, A., (2023), Y aun parece que la aversión pasó más allá de la muerte: el arzobispo de Lima, Toribio Alfonso de Mogrovejo, y su némesis, el virrey don García Hurtado de Mendoza (siglos XVI-XVII), en Revista Complutense de Historia de América 49, 145-165.

 

 Toribio Alfonso de Mogrovejo, la némesis del virrey

 

En el libro VII y último, Suárez de Figueroa escribió, sin citarlo, que el arzobispo de Lima "descubrió varias veces indignada voluntad contra el Marqués"19. Nomen est


13  Farré Vidal, 2004.

14  Suárez de Figueroa, "Prólogo", 1613.

15  Ponce Cárdenas, 2017: 9; 2012: 78.

16  León Pinelo, 1653: 96.

17  Suárez de Figueroa, 1613: 102-134.

18  Levillier, 1920: 8.

19  Suárez de Figueroa, 1613: 309.

 

omen. Para demostrarlo, el panegirista vallisoletano seleccionó una serie de docu- mentos, principalmente Reales Cédulas y cartas dirigidas al rey Felipe II, que cues- tionaban la actuación del prelado, relegando otras que no eran tan favorables al virrey del Perú. En este sentido, lo acusaba por haberse querellado fundamentalmente por cuatro cosas20.

En primer lugar, por los derechos que llevaban los curas doctrineros por la admi- nistración de los sacramentos (entierros, velaciones, casamientos, bautizos y demás servicios). Aportaba para ello una Real Cédula, con fecha en El Pardo, 30 de octubre de 1591, ordenando corregir dichos abusos21. El 1 de mayo de 1590, el marqués de Cañete había escrito una carta al monarca denunciando el mal gobierno del prelado de Lima, tildándolo de ser incapaz de regentar la arquidiócesis. Llegando a las mis- mas conclusiones que el virrey Francisco de Toledo (1568-1580), denunciaba que los párrocos eran codiciosos y que no seguían precisamente un ejemplo de "perfec- ción". Muchos de ellos vivían confortablemente en la capital mientras que el resto de parroquias permanecían vacantes.

Después de atender las quejas de los canónigos del Cabildo Eclesiástico de Lima y de leer con atención el Memorial que le entregó en 1590 el fiscal de la Audiencia de Lima, don Cristóbal Ramírez de Cartagena (¿?-1594), la responsabilidad del esta- do de corrupción y miseria correspondía, a juicio del virrey, al arzobispo Mogrovejo. En lugar de residir de manera permanente en la capital, el prelado se había lanzado a una primera Visita pastoral de su diócesis por espacio de siete años (1584-1591)22. Entretanto, los curas doctrineros vivían a expensas de los indios en lugar de atender- les en sus necesidades, según Suárez de Figueroa, porque los prelados acudían "más a sus intereses particulares que a la doctrina y bienes espirituales de sus feligreses"23. Desde un principio, el talante del nuevo virrey fue muy desabrido24. Uno de los objetivos primordiales de su gobierno fue atacar la inmunidad eclesiástica del Perú25. "El limosnero", como se le conocía en la capital, gozaba de mayor simpatía que el virrey Hurtado de Mendoza por la santidad y pobreza de su forma de vida26. En contraste, muchos oficiales reales, incluido el propio virrey, no eran precisamente aquellos modelos de virtud ensalzados en Il Galateo (1528) del humanista italiano Giovanni de la Casa (1503-56), o en El Cortesano (1528) de Baldassare Castiglione (1478-1529)27. Las laceradas críticas contra los excesos de la familia virreinal lleva- ron al Vicesoberano a actuar contra el arzobispo. El primer paso para desembarazar- se del piadoso prelado fue socavar progresivamente su imagen ante el rey, acusándo- lo de hacer largas ausencias de su Iglesia y de socavar el Patronato Regio28. En lugar de supervisar el comportamiento moral de sus fieles, el virrey Hurtado de Mendoza

lo acusó de entrometerse en asuntos políticos y administrativos.


20  Ibídem: 309.

21  Ibídem: 310.

22  Levillier, 1920: 9-10; Benito Rodríguez, 2001: xv-xlviii.

23  Suárez de Figueroa, 1613: 308.

24  Rodríguez Valencia, 1957a, t. II: 392.

25  Levillier, 1920: 9-11.

26  Rodríguez Valencia, 1957a, t. II: 433-441.

27  De la Casa, 2003.

28  Carta del virrey del Perú, Marqués de Cañete, a su Majestad sobre el gobierno espiritual de aquellas provincias. Callao, 12-IV.1594. Levillier, 1926, t. XIII: 147.

 

Para demostrarlo, Suárez de Figueroa presentó al arzobispo como un personaje conflictivo que se hallaba ausente visitando permanentemente su diócesis. Las visi- tas eclesiásticas no podían prolongarse por más de un año29. En 1591 el rey Felipe II le prohibió abandonar Lima, pero Toribio justificaba su proceder por los decretos del Concilio tridentino y de la conferencia episcopal de Lima (1582-83)30. Algunas Rea- les Cédulas, como la del Pardo, con fecha 20 de octubre de 1591, o la de Madrid, con fecha 29 de diciembre de 1593, serían el resultado, según Suárez, del desacuerdo del rey frente a los excesivos derechos que cobraban los curas doctrineros, supuestamen- te, con la connivencia del arzobispo. Sin embargo, como señala Rodríguez Valencia, durante el Tercer Concilio Limense, conocido como el "Trento americano" (1581- 83), ya se había condenado esta práctica, calificándola de "simonía pestilencial"31. No en vano, el jurista y bibliófilo español, don Antonio de León Pinelo (1590-1660), autor de la Vida del Ilustrísimo y Reverendísimo don Toribio Alfonso Mogrovejo (Madrid, 1653), señaló que "este daño es muy antiguo, y de difícil remedio en las Indias; y así no se ha de afirmar, que el Marqués de Cañete lo atajó; ni que por ha- berlo intentado se malquistó con un Arzobispo de tanta virtud, y justificación"32.

En segundo lugar, Suárez de Figueroa acusó al arzobispo Mogrovejo de impedir que sucediese su Majestad en los bienes de los clérigos difuntos, ex testamento, o ab intestato, ordenando que lo cumpliesen así los corregidores, en cuyos distritos morían"33. Lo contrario, según Suárez de Figueroa, perjudicaba los intereses de la Real Cámara en beneficio de la Apostólica. Para mostrar el malestar del rey en este asunto, el panegirista vallisoletano aportaba la Real Cédula emitida en el Pardo, 2 de noviembre de 1591, en la que se ordenaba que "los dichos prelados no se embaracen ni entremetan en los dichos bienes"34. Sin embargo, carecemos de otras fuentes que demuestren la intervención del prelado en los bienes de clérigos difuntos. Lo que sucedía, como acertadamente señaló Rodríguez Valencia, era justo lo contrario. La apropiación indebida por parte de los corregidores de los bienes eclesiásticos fue sistemáticamente denunciada por el arzobispo y los obispos sufragáneos. A su juicio, los funcionarios reales no solamente utilizaban de manera indiscriminada la mano de obra y el dinero de los indios para sus intereses privados, sino que rechazaban abier- tamente invertir dicho dinero en reparar las iglesias o en construir hospitales para los indios más pobres y desvalidos35. No sin poca sorna, León Pinelo, experto jurista, relator del Consejo y Cámara de Indias, negaba que se pudiera probar tal cosa, "ni que por ser médico, y no jurista, le tocaba [a Cristóbal Suárez de Figueroa] el saber de cédulas, ni de leyes"36.

En tercer lugar, Suárez de Figueroa elogió al virrey Hurtado de Mendoza como el gran defensor del Patronato y Vicariato Regio Patronato Regio. Como ya señalé en


29   Dussel, 1986 [1982]: 51-55.

30 El 2 de noviembre de 1591, Felipe II respondió desde el Pardo a las quejas del virrey García Hurtado de Men- doza en una Cédula Real en la que llamaba la atención al arzobispo por sus largas ausencias de la sede episcopal, sentenciando que "no es justo ni conviene hazer tan largas ausencias de vuestra iglesia". Lissón Chaves, 1944,

t. III: 636.

31  Rodríguez Valencia, 1957a, t. II: 363.

32  León Pinelo, 1653: 101.

33  Suárez de Figueroa, 1613: 309.

34  Ibídem: 310.

35  Carta de Toribio de Mogrovejo y varios obispos a Felipe II. Lima. 19-III-1583. García Irigoyen, 1906, t. IV: 34.

36  León Pinelo, 1653: 104.

 

otra ocasión, Felipe II se equivocó37. En los veinticinco años que pasó en tierra pe- ruana, el arzobispo Mogrovejo no fue un riguroso funcionario del aparato eclesiásti- co colonial, sino un prelado de corte lascasiano preocupado en gran medida por el bienestar de su rebaño38.

Uno de los temas más conflictivos fue, sin lugar a dudas, la provisión de benefi- cios eclesiásticos, especialmente en lo que hacía referencia a las doctrinas de indios. Los sucesos acaecidos en la parroquia de Santiago del Cercado, en Lima, no fueron mencionados por Suárez de Figueroa. Como es sabido, el hermano del virrey, el pa- dre jesuita Hernando de Mendoza, al que se conocía popularmente como "el padre que puede", estaba asignado a dicha parroquia, lo que revela la inserción de los je- suitas en las redes de poder y clientelismo39. Al igual que los nativos y españoles apelaban a la intercesión de los santos, el padre Mendoza debía recurrir a su influ- yente hermano para proteger la labor de la Compañía de Jesús en el Perú.

En 1590, las autoridades municipales decidieron reubicar a los nativos (también conocidos como "chachapoyanos") del pequeño asentamiento indio de San Pedro de los Camaroneros (o San Lázaro) en la parroquia del Cercado bajo el cuidado espiri- tual de la Compañía de Jesús40. El virrey, amparado en la cédula del Patronazgo, planeó cuidadosamente el momento para actuar. El responsable de llevar a cabo el traslado fue el alcalde de Lima, don Juan de Barrios "el Mozo", quien el 30 de agosto de 1590 encargó al capitán don Juan Ortiz de Zárate, por entonces corregidor del Cercado, su ejecución, siguiendo las órdenes del virrey. No hace falta decir que dicho plan requirió el uso de una violencia considerable41. Muchos nativos fueron mal heridos y sus hogares arrasados. Al final, unos setecientos nativos fueron trasla- dados a la parroquia del Cercado, si bien alrededor de trescientos –a juicio del vicario del arzobispo, Juan de San Martín– todavía permanecían en las afueras a causa de la violencia de su expulsión42. Poco después, el 15 de octubre, los capitanes Juan de Barrios y Pedro de Santillán, alcaldes en funciones de Lima, redactaron un informe en el que justificaron su actuación43. De acuerdo con el provincial Juan de Atienza (1589-1592), S.J., el traslado resultaría beneficioso para los habitantes de San Láza- ro, aunque hubo otras razones de tipo especulativo que nada tenían que ver con su bienestar material y/o espiritual.

Lo cierto es que el arzobispo Mogrovejo no pudo evitar el traslado, y tras protes- tar airadamente, situó a "sus indios" como un grupo aislado dentro del barrio del Cercado, construyendo una iglesia provisional con cañas y paja, a pesar de la fuerte oposición de la Compañía de Jesús, "que favorecía el virrey"44. Muchos españoles


37   Coello, 2000: 276; 2006.

38   McGlone, 1991: 255-56; 1993: 65.

39 El General Claudio Aquaviva hubiera preferido que el padre Mendoza ocupara el cargo de provincial del Perú, en lugar del padre Juan de Atienza (1544-1592). En su lugar, el 25 de abril de 1591 lo nombró rector del Colegio de San Pablo. Egaña, 1966, t. IV: 700. Véase también Coello, 2000: 283; Llaury Bernal, 2012: 40.

40   García Irigoyen, 1906, t. II: 179; Bromley Lee, 1942, tomo XI: 457-460; Amino, 1989: 40.

41   Coello, 2000: 277.

42   Bromley – Lee, 1942, t. XI: 421.

43 Ibídem, 1942, t. X, 1942: 457-460 y 476-477. Se calcula que en 1593 había en Lima unos 6.690 esclavos negros. Como señala Bowser, los esclavos negros liberados no sólo se dedicaron a actividades agrícolas y agropecua- rias, sino que también desempeñaron oficios. No pagaban tributo y su situación mejoró en relación a la de los indios. Bowser, 1977: 31; Tardieu, 1989.

44   León Pinelo, 1653: 114-115.

 

utilizaban indiscriminadamente la mano de obra indígena, lo que ocasionó no pocas críticas contra las autoridades municipales cuando la mano de obra no se hallaba a su disposición45.

En el IV Concilio Provincial, celebrado el 16 de marzo de 1591 en Lima (pero con- vocado en 1589), donde solamente asistió el obispo del Cuzco, fray Gregorio de Mon- talvo Olivera (1533-92)46, Toribio de Mogrovejo exigió que las parroquias de indios, incluida la del Cercado, fueran encomendadas al clero secular, "habiendo tanta copia de clérigos de muchas y buenas partes, buenas lenguas y naturales de la tierra, e hijos de esta universidad", la mayoría de los cuales pasaban hambre por no tener oficios a los que acudir47. Por esta razón, solicitó que se prohibiera a los frailes la administración de los sacramentos "sin licencia y consentimiento y examen del Ordinario en conformidad del santo concilio de Trento [1545-1563] y declaración de los Cardenales"48.

Entretanto, un hecho milagroso aconteció en la capital. El 28 de diciembre de 1591, en el día festivo de los Santos Inocentes, la improvisada capilla que Toribio mandó construir en el Cercado fue deliberadamente descubierta por la parte superior del altar mayor. Indignado, el arzobispo abrió una investigación para descubrir al responsable del vandálico acto, al tiempo que ordenó al clérigo don Juan de Pineda y a sus feligreses que organizaran una solemne procesión con el objetivo de trasladar una imagen de la Virgen de Nuestra Señora de Copacabana que había sido objeto de una devoción fervorosa entre los nativos pobres barrio de San Lázaro49.

Alrededor de las diez o las once de la mañana, justo antes de dirigirse hacia la ciudad, la Virgen de Copacabana con el niño Jesús, "copia verdadera" de la imagen original existente en el santuario colla de Puno (1582), empezó a sudar copiosamen- te en presencia de los congregados50. El milagroso acontecimiento fue observado por un grupo de mujeres y por "un hombre que pedía limosna para el hospital del Espí- ritu Santo". La celebración de la misa matinal del sábado estuvo a cargo del párroco Pineda por haberse ausentado el padre Alonso de Huerta, ocupado en sus tareas de predicación en capital51. De inmediato, una histeria colectiva se extendió entre los asistentes, sobre todo mujeres de sectores marginales, quienes


45   Coello, 2000: 277.

46 En 1590, el Comisario General del Perú, fray Antonio Ortiz, ordenó que se retiraran los frailes de Huancavelica, porque "los dos o tres frailes que ordinariamente residían allí estaban sufriendo gran necesidad y porque sopor- taban muchas dificultades con el obispo del Cuzco (Gregorio de Montalvo) en lo concerniente a etas doctrinas". El virrey Hurtado de Mendoza se opuso pero no consiguió que regresaran. Heras, 1990: 719.

47   Amino, 1989: 43.

48 Carta original de Santo Toribio de Mogrovejo Arzobispo de los Reyes (Lima) al Señor Rey Don Felipe II envian- do las actas de un concilio que había celebrado. CODOIN, 1884, t. V: 188. Véase también Levillier, 1920: 17.

49 Testimonio de la información recibida por orden del Arzobispo de los Reyes, D. Toribio de Mogrovejo, referen- te al milagro obrado por Nuestra Sra. de Copacabana. 1591-1592. Declaración de Diego Rodríguez, escultor que labró la imagen. Archivo General de Indias [España] (en adelante AGI), Patronato 248, R. 24. Lissón Chaves, 1944-1945, t. IV: 7-8.

50 Testimonio de la información recibida por orden del Arzobispo de los Reyes, D. Toribio de Mogrovejo, referen- te al milagro obrado por Nuestra Sra. de Copacabana. 1591-1592. Cabeza de la información, AGI, Patronato 248, R. 24. Lissón Chaves, 1944-1945, t. IV: 5, Coello, 2006; Amino, 1989: 35. Gabriela Ramos ha revisado los testimonios sobre el milagro, publicados en "Documentos para la historia, Nuestra Señora de Copacabana", destacando, como ya hizo Amino, que no se interrogó a ningún indio, a pesar de que había muchos de ellos entre los asistentes, mientras que sí se incluyeron los testimonios de españoles y personas de ascendencia afri- cana. Ramos, 2005: 166.

51   Amino, 1989: 44-45.

 

encomendaron a dar muy grandes voces y a llorar e importunado este testigo dellas y porque con la devoción que tenían no se subiesen al altar se subió sobre el dicho altar y con algodones e cintas que las dichas mujeres cortaban de los mantos y con las lechuguillas de las camisas que se quitaban a pedazos y con los rosarios este testigo limpio el rostro de la dicha imagen y del niño que tenía en los brazos mu- chas veces por que estuvo sobre el dicho altar muy gran rato y de puro cansado de llegar al rostro de nuestra Señora y del niño Jesús52.

 

Acabada la misa, españoles, mulatos, negros e indios de todos los rincones de Lima se agolparon frente a las puertas de la iglesia con el fin de venerar a la Mater Dolorosa y a su hijo, demostrando el carácter plural de los devotos de la imagen53. Para García Irigoyen, basándose en el primer informe de León Pinelo, las consecuen- cias del milagroso acontecimiento fueron incluso más milagrosas54. Pineda confirmó la existencia de las gotas de sudor mientras la muchedumbre se apresuraba a recoger el preciado líquido en relicarios55. De inmediato, corrió el rumor que los efectos del sudor sagrado eran milagrosos, "porque al contacto de sus gotas, los ciegos lograron vista, pies los tullidos, los mancos brazos, y todos los que se humedecieron con aquella lluvia verdaderamente celestial, quedaron libres de varias enfermedades y dolencias"56.

Significativamente, los Hechos de Suárez de Figueroa no dicen nada acerca del milagro de 1591, a pesar de que el arzobispo hizo particular relación del aconteci- miento en una relación de 115 folios57. Ciertamente, como señala Amino, el milagro no llegó a tener la relevancia ni la trascendencia que tuvo la Virgen de Guadalupe o la Virgen de Copacabana del lago Titicaca58. Sin embargo, en un contexto de exaltación de la pietas austríaca, Suárez de Figueroa no quiso promocionar la "fama de santidad" del prelado y se abstuvo de hacer ninguna referencia a la imagen milagrosa59.

Toribio de Mogrovejo no estuvo presente, aunque León Pinelo proporciona so- bradas evidencias que demuestran que utilizó el milagro en beneficio de sus intere- ses60. El 26 de enero de 1592, el provisor y vicario general del cabildo eclesiástico, don Antonio de Valcázar, acompañado del notario general Ramírez Berrio y de varios expertos, realizaron una concienzuda investigación del suceso a petición del arzobis- po. Dicha investigación llevó a los teólogos a confirmar la veracidad del milagro61. Aunque los nativos desahuciados de San Lázaro tuvieron una participación directa en los acontecimientos, su testimonio de los acontecimientos quedó relegado en el


52 Testimonio de la información recibida por orden del Arzobispo de los Reyes, D. Toribio de Mogrovejo, referen- te al milagro obrado por Nuestra Sra. de Copacabana. 1591-1592. Declaración del P. Juan de Pineda, clérigo presbítero. AGI, Patronato 248, R. 24. Lissón Chaves, 1944-1945, t. IV: 5-7.

53  Angulo, 1917b; Ramos, 2005: 165.

54  León Pinelo, 1653: 117-118.

55  Amino, 1989: 46.

56  García Irigoyen, 1906, t. I: 31.

57  Amino, 1989: 37 y 44.

58  Ibídem: 59.

59  Coreth, 2003.

60 León Pinelo, 1653: 114-128. Esta imagen había sido labrada por el escultor Diego Rodríguez, quien en enero de 1592 dijo que "que podía hacer tres años antes más que menos, que hizo la dicha imagen (de madera de cedro de Nicaragua) en esta ciudad". Vargas Ugarte, 1956, t. II: 182-190.

61 En el Archivo de Indias [España]. AGI, Patronato, 2-5-1/3 se halla el legajo que contiene todas las piezas de este proceso. Al respecto, véase Lissón Chaves, 1945, t. IV: 4-10 y Vargas Ugarte, 1956 [1931], t. II: 182-190.

 

informe del arzobispo Mogrovejo62. De todas formas, una cosa parecía clara: que un milagro acaecido en la parroquia del Cercado sólo podría demostrar que Dios estaba de parte de las justas demandas del prelado.

Entre 1593 y 1598, el arzobispo realizó la segunda Visita pastoral, pasando por las regiones de Ancash, Trujillo, Lambayeque, Cajamarca, Chachapoyas y Moyo- bamba63. A su regreso a Lima comprobó que había un exceso de sacerdotes diocesa- nos sin oficio que andaban mendigando y pasando hambre por no tener doctrinas a qué aspirar. La solución, de acuerdo con el arzobispo, pasaba por obligar a los 504 religiosos de las órdenes mendicantes a abandonar las doctrinas en favor del personal eclesiástico secular64. Aunque se hacía por mandato apostólico y real, el mismo pro- vincial de los jesuitas, José de Acosta (1540-1600), reconocía sin ambages que lle- gado el momento, los frailes deberían entregar las doctrinas al clero secular65. No resulta sorprendente, pues, que dada la provisionalidad de la labor ejercida por los frailes, el arzobispo solicitara varias parroquias, entre ellas la del Cercado, para los clérigos. Asimismo, recomendaba que no se otorgaran más licencias para viajar al Perú a ningún otro fraile –excepto a los franciscanos, afines al talante del arzobispo– o jesuita66.

Mientras esperaba una respuesta oficial, Toribio presentó una nueva batalla, esta vez, a favor de la fundación del Seminario conciliar para la formación del clero diocesano, contando para ello con la aprobación de Felipe II. Sin embargo, el arzo- bispo se volvió más incisivo, si cabe, lamentando que dicho Colegio Seminario, fundado oficialmente el 7 de diciembre de 1590 con apenas treinta alumnos, no tu- viera suficiente sustento67. Por ello escribió al rey solicitándole fondos que contribu- yeran a su sostenimiento, así como la concentración de todos los nativos de Lima en la parroquia de Santiago del Cercado, la cual estaría bajo la supervisión de su párro- co. El texto habla por sí mismo:

 

en la flota pasada he escrito largo a V. M. cerca de las competencias del virrey y los Padres de la Compañía en lo tocante a la doctrina de San Lázaro y Cercado y reducción de los dichos indios y cerca de lo del seminario suplicando se me hicie- se merced en todo muy cumplida favoreciendo la causa de los indios que tanto amo, y V.M. me tiene encomendados para que se reduzcan a San Lázaro, donde estaban antes, y los Padres de la Compañía dejen la doctrina del Cercado, pues hay tanto número de clérigos que puedan suplir la necesidad que hubiere allí y en otras partes; y que el Seminario vaya adelante, dejándolo al Prelado con la libertad que el Santo Concilio de Trento concede, sin que se entrometa el virrey a tomar pose- sión de patronazgo ni en otra cosa alguna. Por ésta con todas las veras posibles


62 Como señala Amino, la aprobación y certificación pública del milagro, elaborada por el arzobispo Mogrovejo, relegó el testimonio de los nativos que participaron en el evento. Amino, 1989: 49.

63   Benito Rodríguez, 2001: xlii.

64 En 1598, Toribio presentó una Relación diocesana al papa Clemente VIII en la que proporcionaba esa cifra de regulares para la capital del Virreinato del Perú. Rodríguez Valencia, 1957c: 348. En su carta al rey Felipe III, con fecha 30 de abril de 1602, le comunicaba que había tantos sacerdotes y religiosos que no sabía qué hacer con ellos. Para paliar esta situación sugirió varias alternativas, como la de frenar las ordenaciones, dividir las doctrinas o incluso "enviarlos a España para poblar los conventos". Benito Rodríguez, 2001: 67.

65   Acosta, 1984 [1588], t. II, 1984: 301. Heras, 1990: 697.

66 En 1593, el arzobispo Toribio de Mogrovejo visitó la provincia de Cajamarca, cuyas doctrinas estaban a cargo de los franciscanos, quedando muy satisfecho con su trabajo. Heras, 1990: 708.

67   Coello, 2006.

 

torno a suplicar lo mismo a V.M y por no enfadar ni cansar a V.M. no refiero lo que después acá a sucedido y ha habido de nuevo, y lo que ay más que dar aviso y noticia, remitiéndome a la carta bien larga que escribo al Consejo, V.M. será ser- vido de mandar se lea toda y se provea de remedio68.

 

No es que el arzobispo Mogrovejo estuviera en contra del proceso de concentra- ción de los pueblos andinos en las reducciones o doctrinas indígenas. En honor a la verdad, las actas del segundo sínodo diocesano, celebrado en enero de 1584, en Lima

–y más enfáticamente, las del tercer sínodo de Santo Domingo de Yungay, provincia de Huaylas (1585) y las del octavo sínodo de San Pedro y San Pablo de Piscobamba (Ancash, septiembre de 1595)– hicieron hincapié en los beneficios de dichas reduc- ciones, siempre y cuando estuvieran gestionadas por clérigos dependientes de los obispos69. Lo que molestaba al prelado, según McGlone, era que obligaran a los na- tivos a residir en ellas en contra de su voluntad. Frente a esta instrumentalización de la iglesia en beneficio del Patronato Regio, Toribio levantó su voz70.

Otra de sus preocupaciones fue el considerable aumento del clero secular de Lima. En efecto, muchos de aquellos sacerdotes "sin oficio ni beneficio" ilustraban el futuro que esperaba a los futuros alumnos del Colegio Seminario71. Su fundación en 1591 había sido sin duda precipitada. El arzobispo compró el inmueble y gastó enormes sumas en acomodar el edificio, pero desde el principio contó con la oposi- ción del virrey don García Hurtado de Mendoza y de los capitulares del cabildo eclesiástico72. Pero además, enojado por la voluntad del arzobispo de visitar la parro- quia del Cercado, el virrey "le picó el escudo de armas que tenía puesto en el Colegio Seminario de esta Ciudad, que su Señoría Ilustrísima había fundado; cosa que causó admiración en toda la Ciudad, y no se tuvo por bien hecha"73. A continuación, el vi- rrey decidió expulsar al bachiller Hernando de Guzmán y nombrar a un nuevo rector, así como a los maestros y colegiales de dicho instituto en el marco jurídico del Pa- tronato Regio74.

La respuesta de Felipe II, según León Pinelo, fue asimismo enérgica. El 30 de octubre de 1591 dictó una Real Cédula ordenando al virrey que se abstuviese de di- chos nombramientos, declarando en otra Cédula, de fecha 20 de mayo de 1592, que el gobierno y administración del Colegio Seminario dependía exclusivamente del


68 Carta de Toribio de Mogrovejo a Felipe II, Lima, 4-V.1592. AGI, Patronato 248, rº 21. Lissón Chaves, 1944, t. III: 662.

69 Rodríguez Valencia, 1957a, t. II: 364. Para un estudio sobre los sínodos diocesanos celebrados por Toribio de Mogrovejo, véase: Martini 1991.

70   McGlone, 1993: 77-83.

71 El 30 de junio de 1621, el arzobispo de Manila, Miguel García Serrano, escribió una carta al rey Felipe III de- nuncia el estado de abandono y pobreza de los clérigos formados en el colegio seminario de la Compañía de Jesús a causa del monopolio ejercido por las órdenes religiosas en Filipinas. Así, señala que "[los clérigos] pa- decen tanta pobreza que me certifican no salen algunos de sus casas por no tener sotana que ponerse y más en tierra que de ordinario vale tan barata la ropa cosa que me quiebra el corazón. Y no tengo en qué ocuparlos, pues como los ministerios todos los administran los religiosos [frailes], los pobres colegios solo tienen ocho benefi- cios de indios que administrar, fuera de dos curatos de españoles. AGI, Filipinas 74, N. 18, 667v.

72   Coello, 2011: 340 y 343.

73 León Pinelo, 1653: 106-108. Véase también la carta de Toribio Alfonso de Mogrovejo al rey Felipe II, con fecha el 27 de marzo de 1591, en la cual explicaba el flagrante atentado del virrey contra su escudo de armas. García Irigoyen, 1906, t. II: 55; Lissón Chaves, 1945, t. III: 580; Vargas Ugarte, 1963, t. I: 188-189.

74   Coello, 2005: 304.

 

arzobispo Mogrovejo75. En abril del mismo año llegó una flota a Lima portando una Real Cédula que otorgaba la administración de la parroquia del Cercado a los jesui- tas76. Debido a estos conflictos jurisdiccionales entre el arzobispo Mogrovejo y los jesuitas, el Seminario estuvo funcionando dos escasos meses, sin apenas alumnos, permaneciendo el resto del tiempo despoblado, según el virrey, a causa de la negati- va del arzobispo a reabrirlo "hasta que no se quite de él una piedra donde están las armas reales"77.

El arzobispo Mogrovejo exigió a los miembros del Cabildo catedralicio y a los regulares el pago del 3% de sus rentas, según lo establecido en el Concilio de Trento (1545-63), para contribuir al sostenimiento del Seminario78. El primero, como señaló acertadamente León Pinelo, "que con esta calidad se fundó en las Indias"79. Nombró administrador especial de dichos fondos a don Pedro de Escobar, mayordomo de la catedral y cura de la parroquia de Santa Ana de Lima80. Ni que decir tiene que dicha contribución generó profundas disensiones en el seno de la Iglesia colonial. Los prebendados del Cabildo catedralicio se consideraron exentos aduciendo, entre otras razones, la escasez de alumnos. Por este motivo llevaron al arzobispo a los tribuna- les, sin éxito81. A decir verdad, la fundación del Seminario no prosperó no solo por los conflictos habidos entre el arzobispo y el virrey, sino porque nunca obtuvo la aprobación de sus capitulares82. Significativamente, León Pinelo cubrió un tupido velo acerca de los conflictos que el arzobispo Mogrovejo tuvo con los prebendados por la erección del Seminario, evitando pronunciarse sobre otros asuntos que pudie- ran empañar la reputación del prelado83. En 1592 los prebendados escribieron a Fe- lipe II para protestar por la escasez de sus ingresos, que dependían mayormente de la gruesa de los diezmos84.

Del mismo modo, los regulares solicitaron el indulto apostólico a Roma para

evitar contribuir al mantenimiento del Seminario tridentino. En la carta que escribió a Felipe II en Lima, 9 de octubre de 1593, Toribio lamentaba nuevamente que las órdenes se negaran a contribuir con el 3% de las rentas eclesiásticas a una "obra tan


75   León Pinelo, 1653: 109-110. Véase también Mendiburu, 1885, t. IV: 256 y 318.

76   Amino, 1989: 53.

77 Vargas Ugarte, 1969: 15-16; Benito Rodríguez, 2001: 71; Coello, 2006: 123-175. El 27 de marzo de 1591 Tori- bio escribió a Felipe II quejándose de la intromisión del virrey en asuntos de jurisdicción eclesiástica, tomando "lo que a ellos (los prelados) les pertenece y compete por derecho". Carta del Arzobispo de Los Reyes (Santo Toribio) sobre haber quitado el virrey el escudo de armas del Arzobispo de su casa seminario. Pretende vuelvan a él los alumnos y profesores. Lima, 27-III-1591. AGI, Lima, 248 R.21. Lissón Chaves, 1945, t. III: 597-98.

78   Memorial del arzobispo Mogrovejo sobre el pago del 3% para el Seminario. Lima, 1591. AGI, Patronato 248, 23, Lissón Chaves, 1945, t. IV: 15-16; 19. Véase también: Rodríguez Valencia, 1957a, t. II: 393 y ss.

79   León Pinelo, 1653: 92.

80    Para informarse sobre la situación del Seminario, las rentas de que disfrutaba y las necesidades que tenía para su sostenimiento, Felipe II escribió al arzobispo, con fecha en Toledo, 13 de junio de 1592. García Irigoyen, 1957, t. II: 34-35; Vargas Ugarte, 1956, t. II: 14.

81   Rodríguez Valencia, 1948: 169.

82   Rodríguez Valencia, 1957a, t. II: 145.

83   Coello, 2011.

84 En 1592, la gruesa de los diezmos ascendía a un total de 21.060 pesos ensayados. A las cinco dignidades les correspondía un salario de 1.820 pesos ensayados y 8 reales; a los canónigos, 1.238 pesos ensayados y 10 reales y 3 cuartillos; a los racioneros 619 pesos ensayados y 5 reales y la mitad de tres cuartillos, además de los nove- nos de las iglesias y hospitales así como algunas capellanías, memorias, aniversarios y misas de cofradías y entierros. Real Cédula al virrey del Perú sobre los racioneros de aquella diócesis.19-VIII-1598. Lissón Chaves, 1945, t. V: 247-248. Véase también AGI, Lima, 310. Lissón Chaves, 1944, t. III: 674-675

pía y tan santa"85. Los frailes, por su parte, argumentaban que los diezmos que paga- ban de las doctrinas de indios de la diócesis de Lima eran ya suficientes86. Disgusta- do, sugirió al monarca que se prohibiera la entrada de los frailes doctrineros hasta que se decidieran a contribuir al mantenimiento del Seminario87. En su haber se ha- llaba más de la mitad de las doctrinas de indios de la diócesis de Lima, y rápidamen- te, enviaron representantes a Madrid y a Roma para suplicar un privilegio apostólico que los eximiera de toda contribución canónica para los seminarios eclesiásticos88. Uno de ellos fue el maestro Domingo de Almeyda, representante del clero de la provincia de Charcas, quien trabajó durante cuatro años en Madrid (1586-1591) para conseguir algunas cédulas reales favorables a la perpetuidad de las doctrinas y la eliminación de los corregidores89. El arzobispo Mogrovejo tampoco se mantuvo de brazos cruzados. Las gestiones del procurador Antonio de Valcázar en Madrid dieron sus frutos y el 20 de mayo de 1592, Felipe II dictaba una Real Cédula en la que de- jaba la administración del Seminario en manos del arzobispo. Al mismo tiempo, el 13 de junio de 1592, el rey le escribía de nuevo a través de su representante, el Dr. Francisco García del Castillo, quien se hallaba en Madrid, solicitándole información sobre la renta que necesitaba para sostener el Seminario90. Fue una gran victoria del arzobispo en su pugna con el virrey, la Audiencia, los capitulares y el clero regular, incluidos los jesuitas, quienes no obstante consiguieron retrasar la fundación del Seminario hasta 160291.

Toribio hubiera querido que aquellos "clérigos vagabundos" se hicieran cargo de todas las doctrinas de su arzobispado92. Por este motivo continuó intentándolo. En una nueva misiva escrita a Felipe II en Lima, 8 de mayo de 1593, poco antes de


85   León Pinelo, 1653: 104.

86 Todas las órdenes pagaban el diezmo, excepto los jesuitas. Este privilegio fue otorgado por Paulo III en su bula Licet debitum (1549) y Pio IV en la Exponi nobis (1561). Posteriormente fue ratificado por Gregorio XIII en la breve Pastoralis offici (1578), si bien durante el papado de Sixto V arreciaron las críticas de las "Santas Iglesias" contra la Compañía. O'Neill – Domínguez, 2001, t. II: 1120-1121.

87   Carta del Arzobispo Mogrovejo a Felipe II. Lima, 9-X-1593. AGI, Patronato 248, Rº 22. Lissón Chaves, 1945, t. IV: 1-2.

88   Rodríguez Valencia, 1957a, t. II: 404-405.

89 El maestro Almeyda fue uno de los antagonistas de Toribio y Acosta en lo que se refiere a la aprobación de las actas del III Concilio Limense. En el ACL, Sección papeles varios, "Diligencias que se hicieron para la confir- mación del Concilio Provincial III de Lima del año de 1583", se conservan algunas de las Reales Cédulas dic- tadas por el Rey a favor de los clérigos de la provincia de Charcas. El 6 de noviembre de 1587, el maestro Al- meyda presentó una Petición en la que se quejaba de la incapacidad de los sacerdotes para ejercer su oficio (ff. 118-121). En la misma línea, el 2 de febrero de 1588, Almeyda presentó una Relación al monarca en la que acusaba a los corregidores de explotadores y de no ocuparse de las tareas evangélicas. Exigía que fueran releva- dos de sus cargos, y en su lugar, solicitaba la perpetuidad de las doctrinas en nombre de los clérigos (ff. 94-97).

90 Vargas Ugarte, 1956, t. II: 7-19; Rodríguez Valencia, 1957a, t. II: 376-391. Las gestiones de Toribio en Roma fructificaron con el nuevo siglo. El 2 de septiembre de 1603, Clemente VIII decretó que las parroquias de indios tenían la obligación de contribuir al Seminario. Rodríguez Valencia, 1948: 170.

91   En 1597, los mismos prebendados del cabildo volvieron a escribir a Felipe II acerca de las escasas rentas con las que contaba el arzobispado. No siempre se ingresaba la cuarta parte del diezmo que correspondía al Cabildo. En 1596, la Real Audiencia despachó provisiones para que los indios, obligados desde 1522 a pagar los diezmos de las "tres cosas" (trigo, ganado y seda), no los pagasen, por lo que no pudieron arrendárselos a nadie, perdién- dose en su mayoría. Esta situación impedía la celebración de los oficios divinos con el debido decoro, la asis- tencia a los enfermos de los hospitales así, la finalización de las obras de la nueva Iglesia Catedral, y por supues- to, cualquier contribución para el mantenimiento del Seminario. Lissón Chaves, 1944-1945, t. IV: 191-194. Véase también Rodríguez Valencia, 1957a, t. II: 393 y ss

92   Benito Rodríguez, 2001: 73.

 

partir a su tercera visita general a las montañas a través de Pativilca, Lambayeque, Chota y Moyabamba, al norte, (1593-1597) y de contravenir las disposiciones de 1591 de limitar a un año sus ausencias de Lima93, Toribio lamentaba que hubiera "tantos de los hijos de la tierra y legítimos patrimoniales que no tienen a qué aspirar sino a una doctrina y, faltándole, no hay para qué estudiar ni aplicarse a cosas de la Iglesia sino a ser soldados y salteadores". A su juicio, el problema de la excesiva proliferación de clérigos y sacerdotes afectaba directamente al sustento de los secu- lares, quienes frecuentaban mesones y pulperías por no tener misas que dar.94 Pero los regulares defendieron sus intereses con gran tenacidad y al final Toribio tuvo que conformarse con aquellas doctrinas que vacasen95.

En cuarto y último lugar, Suárez de Figueroa aludió a la famosa "reprensión" ordenada por Felipe II al arzobispo Mogrovejo. El 15 de diciembre de 1590, el virrey escribió una carta al monarca en la que lanzó una terrible acusación contra el arzo- bispo. Decía que su procurador había sido enviado a España para presentar un Me- morial (1592) al papa Clemente VIII (1592-1605) y a los cardenales en contra del Patronato Regio96. En dicho texto, redactado en forma de tres puntos o demandas, Toribio se quejaba de que los obispos en las Indias tuvieran posesión de las iglesias, sin despachárseles bulas. También lamentaba que el Supremo Consejo de las Indias le impidiera visitar los hospitales y fábricas de las iglesias de su arzobispado. Final- mente, y relacionado con lo anterior, exigió el sometimiento efectivo de los regulares mediante la administración y reparto de los diezmos97, la gestión de la fábrica mate- rial y espiritual de la catedral, así como la contribución del 3% de todas las rentas eclesiásticas para la creación del Colegio Seminario98.

La actitud del arzobispo, según Suárez de Figueroa, ofendió a Felipe II, quien supo por la carta que don Antonio Fernández de Córdova y Cardona, V duque de Sessa, le escribió como embajador extraordinario en Roma (1590-1603), con fecha 29 de enero de 1593, acerca de la deslealtad del arzobispo de Lima al Patronato Re- gio. La acusación coincidió, según Levillier, con una consulta hecha por Toribio en Roma99. Otros historiadores, como Rodríguez Valencia, fueron más allá, asegurando que no hubo Memorial, sino una conspiración orquestada por el virrey y el duque de Sessa100. Sea como fuere, lo cierto es que el rey, disgustado por haber acudido direc-


93 El 2 de noviembre de 1591, Felipe II respondió desde El Pardo a las quejas del virrey García Hurtado de Men- doza en una Cédula Real en la que llamaba la atención al arzobispo por sus largas ausencias de la sede episcopal, sentenciando que "no es justo ni conviene hacer tan largas ausencias de vuestra iglesia". Lissón Chaves, 1944- 1945, t. III: 636.

94 Carta de Toribio de Mogrovejo a Felipe II. Lima, 8-V-1593. AGI, Patronato 248, rº 23. Dicha carta está publi- cada en: Lissón Chaves, 1945, t. IV: 39. Véase también Benito Rodríguez, 2001: 73-74.

95   Vargas Ugarte, 1956 [1931], t. II: 17-18.

96   Levillier, 1920: 10; Rodríguez Valencia, 1948: 139-140.

97 Este era un problema antiguo. Como es sabido, el diezmo o impuesto eclesiástico sobre la décima parte de la producción anual agrícola o ganadera de los feligreses, era la fuente básica de riqueza de las finanzas eclesiás- ticas. En el Libro Primero de Actas del Cabildo de la Catedral de Lima (Art. XXX, 15-IV-1572) aparecen di- versos pleitos contra los capitulares sobre la administración de los diezmos. Olmedo Jiménez, 1990: 101-102.

98 Memorial al Papa. Lima, 1591. AGI, Patronato 248, Rº 22. Lissón Chaves, 1944-1945, t. IV: 17-20. Sobre este supuesto Memorial presentado al papa, véase: Levillier, 1920: 10 y ss.; Rodríguez Valencia, 1957b: 179-219. Según Rodríguez Valencia, no hubo Memorial, sino una conspiración orquestada por el virrey y el Duque de Sesa, embajador español en Roma. Rodríguez Valencia, 1948: 177-183.

99   Levillier, 1920: 11.

100 Rodríguez Valencia, 1957a, t. II: 179-219.

tamente al papa, envió al virrey una Real Cédula, con fecha en Covesa, 29 de mayo de 1593, ordenándole que

 

en presencia de la audiencia y sus ministros, le daréis a entender cuan indigna cosa ha sido a su estado y profesión haber escrito a Roma cosas semejantes, pues ni es cierto que los obispos tienen posesión en las Indias de sus iglesias sin bulas, como dice en su relación, ni tampoco que mi Consejo de las Indias le impide la visita de los obispados, é fábrica de su Arzobispado, que bien sabe que los hospi- tales de los pueblos de Españoles son de mi patronazgo, fundados e dotados con mi hacienda e limosnas que he hecho y hago de ordinario101.

 

El prelado, afligido por aquellas "graves, pesadas y apretadas palabras" del mo- narca, se justificó por lo que, a su juicio, había sido una mal intencionada interpreta- ción de sus gestiones en la Santa Sede102. Así, respondió a Felipe II, con fecha 10 de marzo de 1594, presentándose como un celoso pastor de sus ovejas, a pesar de con- siderarse una víctima de aquel que "procura siempre sembrar cizaña para los que bien hacen sus oficios", aceptando la reprensión con grave pesar103. Además, se mostraba dispuesto a renunciar a la mitra arzobispal, si fuera necesario, reiterando su deseo que "nuestro señor […] perdone a los que hubieren herrado y levantándome tan grandes testimonios, y referido cosas contra la verdad, y cuales hayan sido sus intenciones buenas o malas Dios lo sabrá"104. Frente a estas sentidas palabras, nadie podría dudar de la sincera voluntad del arzobispo de querer recibir la reprensión. En el capítulo VII de su Vida, León Pinelo aseguraba que Toribio acudió presto al Real Acuerdo de la Audiencia de Lima para recibir la reprimenda, recogiendo sus pala- bras, no sin cierta socarronería, que decían: "enojado esta nuestro Rey, satisfarémos- le, satisfarémosle"105.

Sin embargo, pensamos con Rodríguez Valencia, que es poco probable que el ar- zobispo acudiera a la llamada del marqués de Cañete106. Prueba de ello es la carta que escribió al rey Felipe II, con fecha en Callao, 12 de abril de 1594, informándole que

 

le envié (con un gentil hombre de la compañía de las lanzas) la carta de Vuestra Majestad en que le ordenaba viniese a verse conmigo con el Acuerdo de que se ha escusado por la que me respondió y va con esta y tengo por incierta su venida para octubre (como lo dice) porque es muy enemigo de estar a donde vean la poca compostura y termino que en todas las cosas tiene107.

 

Lo que León Pinelo recogió no fue la memoria real de su propio testimonio, dado que escribía en condicional, sino la opinión generalizada de lo que sucedió. Pensa- mos, más bien, que escribía de oídas, dado que sus fuentes no eran directas, especu- lando sobre lo que "en esto se estila", o lo que "haría el Marqués de Cañete"108. León


101 Suárez de Figueroa, 1613: 311-312. El énfasis es mío.

102 Levillier, 1920: 13.

103 Ibídem.

104 Ibídem: 14.

105 León Pinelo, 1653: 113.

106 Rodríguez Valencia, 1948: 180-181.

107 Levillier, 1926, t. XIII: 146.

108 León Pinelo, 1653: 113.

 

Pinelo construyó un relato del arzobispo a partir de los testigos del proceso de beati- ficación (1631-33), entre los cuales se encontraba sus capellanes y secretarios, Diego de Morales y Bartolomé Martínez Menacho (1517-93), con el fin de ahondar en la fama de santidad del prelado109. A tal fin, la imagen de un religioso desobediente y arrogante, que se negaba a cumplir con lo establecido por el rey, o que se enfrentaba con el virrey o con sus capitulares, contradecía la virtud teologal de la humildad, que se supone, debía prevalecer en aquellos que pretendían ser elevados a los altares.

Unos meses antes, el 21 de enero de 1594, un anciano Felipe II escribía una carta por la que encargaba al virrey que procurara "encaminarle suavemente para que ha- ciéndose lo que conviene al servicio de nuestro Señor, y buen gobierno espiritual de estas Provincias, el pueblo no alcance a saber que ay entre los dos algún encuentro, ni diferencia por los inconvenientes, que de esto puede resultar"110. Es evidente, como sugiere Rodríguez Valencia, que el monarca no quería atentar contra el equili- brio y armonía del Patronato con la Santa Sede, habida cuenta de la popularidad de Mogrovejo. Pero tampoco quiso ahorrarle el disgusto por su "mal proceder". Frente al rigorismo del Consejo de Indias (9 de febrero de 1596), partidario de una repren- sión pública, Felipe II expidió una nueva Real Cédula dirigida al arzobispo, con fe- cha 28 de abril de 1596, culpándole que hubiese hecho "larga ausencia de vuestra Iglesia por excusar con ella el efecto de lo que yo había mandado al virrey, lo cual no debiérades haber hecho, y así sin poner excusa os vendréis luego a la ciudad y acu- diréis adonde os llame el virrey don Luis de Velasco"111.

Efectivamente, la reprensión se demoró más de lo previsto, pero no fue pública, sino privada112. Y más importante, no fue su némesis, el virrey García Hurtado de Mendoza, sino el nuevo virrey del Perú, don Luís de Velasco y Castilla (1596-1604), caballero de la Orden de Santiago y marqués de Salinas, quien la ejecutó. Fue un 14 de marzo de 1598, en audiencia privada, contando tan sólo con la presencia de don Alonso Fernández de Bonilla, fiscal del Tribunal de la Inquisición de México (1571), Visitador de la Real Audiencia de Lima (1580) y flamante nuevo arzobispo de Méxi- co (1592)113. El asunto no tuvo mayores consecuencias. Toribio Alfonso de Mogro- vejo, considerado "el más grande prelado misionero de la América española", acabó sus días al frente del arzobispado de Lima114.

 

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116 Según el biógrafo James Pyle Wickersham Crawford, el libro de Suárez de Figueroa "no debiô tener demasiado éxito entre los contemporineos y posiblemente fue reeditado al estar respaldado por esta poderosa familia de Cuenca". Arce Menéndez, 2015: 438.

117 Lohmann Villena, 1992.

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