ACUERDO REGIONAL N° 000574-2025-GR.LAMB/CR [516043019 - 3]
inclusión en el Recurso Turístico "Capilla del Santuario Santo Toribio de Mogrovejo de Zaña" en la ruta turística oficial "Los caminos del Papa León XIV".
Se precisó que mediante Informe Técnico N° 0009-2025-GR.LAMB/GERCETUR [516043019-0], de fecha 1 de noviembre del 2025, la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo recomienda que el Consejo Regional incluya al Recurso Turístico "Capilla del Santuario Santo Toribio de Mogrovejo de Zaña" en la ruta turística "Caminos del Papa León XIV", ello teniendo en cuenta que mediante Acuerdo Regional N° 241-29025-GR.LAMB/CR se aprobó establecer como circuito turístico oficial la ruta del Papa León XIV.
Cabe indicar que dicho informe técnico contiene las razones que justifica su inclusión del recurso turístico en el acuerdo regional antes citado.
Del mismo modo, mediante Informe Legal N° 000927-2025-GR.LAMB/ORAJ [516043019-1], de fecha 1 de noviembre del 2025, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha concluido que la inclusión del recurso turístico aludido es legalmente viable y administrativamente pertinente, ya que cumple con el requisito de estar inventariado y registrado en el SIGMINCETUR con código N° 13627. Asimismo, se cumple con la Ley N° 32472 que declara interés nacional la ruta, y al mismo tiempo potenciar la oferta turística religiosa y cultural de la región.
En consecuencia, atendiendo al debate realizado, al interés público regional y teniendo en cuenta que el Consejo Regional busca declarar la voluntad de practicar de un determinado acto, es necesario emitir el Acuerdo conforme la votación en sesión ordinaria señalada en el visto.
Se deja constancia que los consejeros regionales presentes al momento de la votación fueron 07, aprobándose el presente acuerdo POR UNANIMIDAD. No estuvo presente al momento de la votación la Cons. Reg. Camacho Fernández y Cons. Reg. Exebio Cabrera.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso a) y k) del artículo 15º, inciso a) del artículo 37º, y
artículo 39º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, así como en
los artículos 4º, 9º, inciso d) artículo 12º y 46º del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado
mediante Ordenanza Regional N° 008-2016-GR.LAMB/CR, y su modificatoria con Ordenanza Regional N° 001-2019 GR.LAMB/CR, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria.
SE ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: INCLUIR en el Acuerdo Regional N° 241-29025-GR.LAMB/CR, el Recurso Turístico "Capilla del Santuario Santo Toribio de Mogrovejo de Zaña" en la ruta turística oficial "Los caminos del Papa León XIV", conforme a los informes técnicos y legales que forman parte del presente acuerdo regional
inclusión en el Recurso Turístico "Capilla del Santuario Santo Toribio de Mogrovejo de Zaña" en la ruta turística oficial "Los caminos del Papa León XIV".
Se precisó que mediante Informe Técnico N° 0009-2025-GR.LAMB/GERCETUR [516043019-0], de fecha 1 de noviembre del 2025, la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo recomienda que el Consejo Regional incluya al Recurso Turístico "Capilla del Santuario Santo Toribio de Mogrovejo de Zaña" en la ruta turística "Caminos del Papa León XIV", ello teniendo en cuenta que mediante Acuerdo Regional N° 241-29025-GR.LAMB/CR se aprobó establecer como circuito turístico oficial la ruta del Papa León XIV.
Cabe indicar que dicho informe técnico contiene las razones que justifica su inclusión del recurso turístico en el acuerdo regional antes citado.
Del mismo modo, mediante Informe Legal N° 000927-2025-GR.LAMB/ORAJ [516043019-1], de fecha 1 de noviembre del 2025, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha concluido que la inclusión del recurso turístico aludido es legalmente viable y administrativamente pertinente, ya que cumple con el requisito de estar inventariado y registrado en el SIGMINCETUR con código N° 13627. Asimismo, se cumple con la Ley N° 32472 que declara interés nacional la ruta, y al mismo tiempo potenciar la oferta turística religiosa y cultural de la región.
En consecuencia, atendiendo al debate realizado, al interés público regional y teniendo en cuenta que el Consejo Regional busca declarar la voluntad de practicar de un determinado acto, es necesario emitir el Acuerdo conforme la votación en sesión ordinaria señalada en el visto.
Se deja constancia que los consejeros regionales presentes al momento de la votación fueron 07, aprobándose el presente acuerdo POR UNANIMIDAD. No estuvo presente al momento de la votación la Cons. Reg. Camacho Fernández y Cons. Reg. Exebio Cabrera.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso a) y k) del artículo 15º, inciso a) del artículo 37º, y
artículo 39º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, así como en
los artículos 4º, 9º, inciso d) artículo 12º y 46º del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado
mediante Ordenanza Regional N° 008-2016-GR.LAMB/CR, y su modificatoria con Ordenanza Regional N° 001-2019 GR.LAMB/CR, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria.
SE ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: INCLUIR en el Acuerdo Regional N° 241-29025-GR.LAMB/CR, el Recurso Turístico "Capilla del Santuario Santo Toribio de Mogrovejo de Zaña" en la ruta turística oficial "Los caminos del Papa León XIV", conforme a los informes técnicos y legales que forman parte del presente acuerdo regional
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